¿Como beneficiarse del incentivo previsto por el Plan renove de Calderas Individuales en la zona de Bilbao – Bizkaia?
La persona titular o el solicitante que haga la inversión podrá beneficiarse de los incentivos previstos , ya sea persona jurídica o física, cualquiera que fuera su forma, así como cualquier tipo de organismo público o privado, si acredita la instalación y sustitución de calderas, calentadores y termos:
- GLP a GLP o a gas natural
- Gas natural a gas natural
- Gasóleo a gas natural o GLP
- Eléctricas a gas natural o GLP
- Carbón a gas natural o GLP
Con calderas de condensación hay que cumplir estos requisitos:
- Tratarse de calderas Individuales domésticas,
- Estar situadas:
- Edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes, con potencia térmica nominal inferior o igual a 70 kW,
- Empresas, con potencia térmica nominal menor o igual a 70 kW,
- Edificios pertenecientes al Sector Terciario, con potencia térmica nominal menor o igual a 70 kW.
En cualquier caso, no serán objeto de incentivo aquellas sustituciones de calderas de uso comunitario por calderas individuales.
¿Cual es la vigencia del plan?
Podrán acogerse al Plan Renove todas aquellas sustituciones realizadas desde el 1 de noviembre de 2014 y hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles, con el límite del 25 de septiembre de 2015.
¿Qué documentación es necesario presentar para obtener el incentivo?
Una vez realizada la operación, la empresa instaladora adherida remitirá en formato electrónico y a través de la aplicación informática establecida al efecto antes de transcurridos 30 días naturales desde la fecha en la que se haya obtenido el correspondiente Código de Validación de Incentivo (COVI), y siempre antes del 25 de septiembre de 2015, la siguiente documentación:
- Boletín de Solicitud de Incentivo según modelo aprobado, firmado y sellado por la empresa instaladora adherida y por el solicitante
- Declaración de ayudas concurrentes, según el modelo del Formulario 2 del Anexo II.
- DNI/NIE del solicitante.
- En el caso de edificios del sector terciario, empresas y comunidades de bienes, CIF del solicitante.
- Factura de venta e instalación de la caldera que deberá reflejar, como mínimo:
- Número de factura
- Fecha de venta/instalación.
- Datos de la Empresa Instaladora Adherida (persona jurídica, CIF y sello).
- Datos del beneficiario (nombre, apellidos, DNI/NIE, domicilio)
- Datos de la caldera (marca y modelo).
- Dirección de instalación de la caldera.
- Desglose del coste de la caldera, instalación, IVA.
- Deberá especificarse el importe de la caldera y el de mano de obra.
- Certificado acreditativo de inutilización de la caldera, Formulario 3 del Anexo II.
- Factura de combustible.
- Acreditación del número de cuenta bancaria del solicitante.
- Certificado de Inspección o Revisión de la Instalación de gas o en su defecto certificado de Puesta en Servicio de la instalación cuando se trate de nuevas altas de suministro por cambio de combustible.
- Justificantes bancarios de los pagos realizados, aceptándose:
- Justificante bancario de la transferencia.
- Movimiento obtenido a través de internet.
- Fotocopia de cheque bancario con movimiento bancario.
- Pagarés con fecha de vencimiento con su respectivo movimiento bancario.
- Otros documentos bancarios con su correspondiente trazabilidad.
Para más información sobre como beneficiarte del Plan renove calderas, puedes consultar aqui:
http://www.eve.eus/Programas-de-ayuda.aspx
O tambien puedes ponerte en contacto con nosotros para que te asesoremos.